Ertzaintza o Policía Local: las diferencias

Mismas bases, mismas pruebas y el mismo baremo físico. Las diferencias están en el carné, el destino, el sueldo y el euskera.

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Ilustración: un agente con txapela roja y otro con gorra de plato se miran de frente en una plaza porticada, con un gran «VS» entre los dos.

Se presentan a la vez, con las mismas bases, y en la solicitud hay que elegir. Ertzaintza o Policía Local —Udaltzaingoa— no son dos oposiciones: en la convocatoria conjunta son dos destinos del mismo proceso selectivo. Eso sorprende a mucha gente que llega buscando «oposición policía local País Vasco» esperando encontrar un examen aparte.

Esta página explica en qué son idénticas y en qué se diferencian de verdad, con las bases delante. La fuente es la Resolución de 6 de marzo de 2025 de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, BOPV n.º 55, de 20 de marzo de 2025: «Se convocan 473 plazas del cuerpo de la Ertzaintza, y 170 plazas de los Cuerpos de Policía Local.»

En qué son idénticas

Qué Ertzaintza Policía Local
Convocatoria La misma resolución, las mismas bases
Requisitos Nacionalidad, edad (18 a 38), Bachiller o equivalente, conducta, armas y salud: iguales
Grupo de clasificación C, subgrupo C1
Pruebas Las mismas, en el mismo día y en el mismo sitio
Pruebas físicas Un solo anexo: mismos cuatro ejercicios y mismas tablas
Cuadro médico Decreto 142/2022, el mismo para los dos
Tasa 20,27 €, sin exenciones
Formación Academia Vasca de Policía y Emergencias, en Arkaute

Esto último merece una línea aparte porque se pregunta mucho: no hay un baremo físico de Ertzaintza y otro de Policía Local. La convocatoria conjunta tiene un único anexo de aptitud física para las dos, con la sola diferencia de la columna de hombres y la de mujeres. La calculadora de pruebas físicas sirve igual para los dos destinos.

Las diferencias, de un vistazo

ErtzaintzaPolicía Local
Bases y pruebas
Las mismas: una convocatoria, un examen, las mismas físicas
Permisos de conducir
El B, y nada más
El B; algunos ayuntamientos piden además A2, A, C1 o E
Dónde entras
Un cuerpo autonómico único
El cuerpo de un ayuntamiento concreto
Quién elige el destino
La Administración, y se puede cambiar a lo largo de la carrera
Tú, en la adjudicación, por orden de nota. Cambiar después exige un proceso de movilidad

Diferencia 1 · Los permisos de conducir

Es la única diferencia que está escrita como requisito en las bases. Para todas las plazas hace falta el permiso B sin limitaciones. Pero algunos ayuntamientos piden además otros permisos, y no todos en el mismo momento del proceso. En la convocatoria de marzo de 2025 había municipios que exigían el A2 ya el último día del plazo de solicitudes, otros que lo pedían antes de la adjudicación de plazas, y casos con A, C1 o E.

Si quieres Policía Local en un municipio concreto

La consecuencia práctica: si quieres una plaza de Policía Local en un municipio concreto, el carné de moto puede dejar de ser opcional y convertirse en la primera cosa que tienes que sacarte, antes incluso de empezar a estudiar. La lista de municipios y permisos cambia en cada convocatoria, así que se lee en la base segunda de las bases que estén vigentes.

En la Ertzaintza no hay nada de esto: el B y nada más.

Diferencia 2 · El destino, y quién lo elige

En la Ertzaintza se ingresa en un cuerpo autonómico único. El destino lo asigna la Administración y se puede cambiar a lo largo de la carrera: comisarías de los tres territorios, unidades especializadas, brigada móvil, tráfico, investigación.

En la Policía Local se ingresa en el cuerpo de un ayuntamiento concreto, y ese ayuntamiento se elige en la adjudicación de plazas, por orden de puntuación. Quien saca mejor nota elige antes. Un municipio pequeño y otro de doscientos mil habitantes son dos trabajos distintos, y esa elección se hace una vez.

Cambiar de municipio después no es imposible, pero no es un traslado interno: hay que concurrir a los procesos de movilidad que convoque el ayuntamiento de destino, cuando los convoque.

Diferencia 3 · Las funciones

Los dos son policía integral en su ámbito, y los dos llevan arma y uniforme. Lo que cambia es el ámbito y, con él, el trabajo del día a día.

  • Ertzaintza. Ámbito autonómico. Es el cuerpo que asume las funciones de policía general en la Comunidad Autónoma del País Vasco: seguridad ciudadana, tráfico interurbano, investigación criminal, orden público, protección de personas y bienes.
  • Policía Local. Ámbito municipal. Tráfico urbano y atestados, ordenanzas, convivencia, policía administrativa del ayuntamiento, seguridad ciudadana en el término municipal y colaboración con la Ertzaintza.

Ni uno es «la de verdad» ni el otro «la fácil»: el examen que se aprueba es exactamente el mismo.

Diferencia 4 · Lo que se cobra

El sueldo base es idéntico, porque el subgrupo es el mismo. Lo que cambia es de dónde salen las retribuciones complementarias:

  • En la Ertzaintza las fija el Consejo de Gobierno para todo el cuerpo, y las cuantías anuales se publican en el BOPV. Un agente cobra lo mismo en Getxo que en Laguardia.
  • En la Policía Local las fija cada ayuntamiento en su relación de puestos de trabajo y su acuerdo regulador. Dos agentes con la misma antigüedad y municipios distintos no cobran lo mismo.

Las cifras publicadas de 2026, y lo que no está publicado, están en el artículo sobre lo que cobra un ertzaina y un policía local.

Diferencia 5 · El euskera, que no es una diferencia de norma pero sí de hecho

El requisito es el mismo en los dos: perfil lingüístico 2 solo para las plazas con fecha de preceptividad vencida, y en todas las demás el euskera es mérito.

Lo que cambia es la proporción, porque la preceptividad se fija plaza a plaza y los ayuntamientos de zonas muy euskaldunes tienen sus plantillas con índices de preceptividad más altos. Es decir: según el municipio que quieras, la probabilidad de que tu plaza exija euskera sube mucho. Eso no se deduce, se mira: el anexo de plazas de cada convocatoria dice qué perfil y qué preceptividad tiene cada una. Está explicado en el artículo sobre el euskera en la oposición.

Y entonces, ¿a cuál me presento?

La pregunta está mal planteada, y eso es una buena noticia: no eliges una oposición, eliges un destino dentro de la misma. Lo que hay que decidir es a qué plazas optas en la solicitud, y esa decisión se toma con tres datos en la mano:

  • Cuántas plazas hay de cada cosa. En la convocatoria de 2025, 473 de Ertzaintza y 170 de Policía Local. La proporción importa: hay casi tres veces más plazas de Ertzaintza.
  • Qué permisos de conducir exige el municipio que te interesa, y en qué momento.
  • Si esa plaza tiene la preceptividad de euskera vencida, porque entonces el perfil 2 deja de ser mérito y pasa a ser requisito.

Lo que no cambia según la respuesta es el trabajo de los próximos meses: el mismo temario, los mismos psicotécnicos, las mismas pruebas físicas y el mismo test de personalidad y entrevista.

Preguntas frecuentes

¿Son dos oposiciones distintas?

En la convocatoria conjunta, no: es un solo proceso selectivo con plazas de los dos cuerpos, las mismas bases y las mismas pruebas.

¿Las pruebas físicas son más fáciles en Policía Local?

No. El anexo de aptitud física es uno solo para los dos cuerpos: mismos cuatro ejercicios y mismas tablas.

¿Puedo pedir las dos cosas?

Lo que se pide en la solicitud son plazas, y el anexo de plazas de cada convocatoria dice cómo se opta a ellas y con qué requisitos. Es lo primero que hay que leer cuando se publican las bases.

¿Se estudia el mismo temario?

Sí: la prueba de conocimientos es la misma para todas las plazas de la convocatoria conjunta.

¿Puedo cambiarme de la Policía Local a la Ertzaintza después?

No hay un pase automático. Son cuerpos distintos con procesos de acceso propios, así que el camino es presentarse al proceso correspondiente.

¿En qué municipios hay plazas de Policía Local?

Depende de la convocatoria: los ayuntamientos ofertan sus plazas en cada proceso conjunto. La lista está en el anexo de plazas y se recoge en la ficha de cada convocatoria.

Fuentes: Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias (BOPV n.º 55, de 20 de marzo de 2025), bases segunda y séptima y Anexo III. Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco (BOPV n.º 153, de 6 de agosto de 2020), artículos 35.2 y 77. Decreto 142/2022, de 22 de noviembre (BOPV n.º 235, de 12 de diciembre de 2022). Si encuentras un dato que no cuadra con el boletín, dínoslo y se corrige.

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