Requisitos Ertzaintza 2026: edad, altura y título

¿Hay altura mínima? ¿Edad máxima? Lo que piden las bases a Ertzaintza y Policía Local: edad, título, carné, euskera y tasa, con su artículo.

8 min de lectura
Ilustración: cuatro agentes delante de una comisaría enseñan un título, un cartel con el número 18 y un permiso de conducir, bajo el rótulo «Requisitos para acceder».

Los requisitos para entrar en la Ertzaintza y en la Policía Local del País Vasco son los mismos. Se convocan en el mismo proceso, con las mismas bases y bajo la misma ley, y solo hay una diferencia real entre los dos: los permisos de conducir. Esta página los recoge uno a uno, con la base o el artículo que los fija.

La fuente es la Resolución de 6 de marzo de 2025 de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, BOPV n.º 55, de 20 de marzo de 2025 —la convocatoria conjunta, 473 plazas de Ertzaintza y 170 de Policía Local—, y el artículo 77 del texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio.

En 30 segundos
18 a 37años: 18 cumplidos y sin haber cumplido 38
Bachillero equivalente, o una titulación superior
Sin tallamínima en centímetros; el filtro está en el médico
20,27 €de tasa, sin bonificaciones

Los requisitos, en una tabla

Requisito Qué exige
Nacionalidad Tener la nacionalidad española
Edad 18 años cumplidos y no haber cumplido 38
Titulación Título de Bachiller o equivalente, o cualquier otro de nivel superior
Conducir Permiso de clase B para turismos, sin ningún tipo de limitación
Euskera Perfil lingüístico 2 (B2) solo para las plazas con preceptividad vencida, o superar las pruebas del propio proceso
Armas Compromiso, mediante declaración, de portar armas y en su caso utilizarlas
Conducta No haber sido condenado por delito doloso, separado del servicio, inhabilitado ni suspendido
Salud No estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas del Decreto 142/2022
Tasa 20,27 €

Cuenta el último día del plazo, no el del examen

Los requisitos hay que tenerlos el último día del plazo de presentación de solicitudes, no el día del examen. Lo dice el artículo 77.2 de la ley. La única excepción la marca cada convocatoria, y es el permiso de conducir en algunos casos de Policía Local.

Comprueba si cumples los requisitos

Marca lo tuyo y te dice, requisito a requisito, si cumples, si no y qué depende de algo más.

Si todavía no hay bases, déjalo vacío y se calcula con la fecha de hoy.
¿Tienes la nacionalidad española?
¿A qué te quieres presentar?
¿Te han condenado por un delito doloso o separado del servicio público?
Sin perjuicio de la rehabilitación, dicen las bases.
¿Has trabajado en la Ertzaintza o en una Policía Local vasca?

Orientativo: comprueba lo que se puede comprobar sin papeles. El reconocimiento médico y el euskera van aparte.

Fuente: Base segunda de la Resolución de 6 de marzo de 2025 (BOPV n.º 55) y art. 77 del Decreto Legislativo 1/2020.

La edad, y el matiz que casi nadie cuenta

Hay que tener 18 años cumplidos y no haber cumplido 38. La frase importa: no es «tener 37», es no haber cumplido 38 a la fecha de cierre del plazo.

Y hay una puerta que la mayoría no sabe que existe. Las bases dicen que ese límite máximo «se podrá compensar con servicios prestados en cuerpos de la Policía del País Vasco». Es decir: quien ya ha trabajado en la Ertzaintza o en una Policía Local vasca puede pasar de 38 en la medida de ese tiempo servido. Si es tu caso, mira la base segunda de las bases que estén vigentes, porque la redacción exacta de la compensación es la que manda.

La titulación

Bachiller o equivalente, o cualquier titulación superior. Un ciclo formativo de grado superior vale; un grado universitario vale; un ciclo de grado medio, no, salvo que tengas además el bachiller o una equivalencia reconocida.

Lo que no hace la titulación es darte puntos por sí sola. Los méritos se valoran en la fase de concurso, con su propio baremo, y el euskera pesa más ahí que cualquier otro. Está contado en el artículo sobre el euskera en la oposición.

La estatura: ya no hay centímetros

Esta es la pregunta que más circula con la respuesta más desactualizada. No existe una talla mínima en centímetros.

El Decreto 142/2022, de 22 de noviembre (BOPV n.º 235, de 12 de diciembre de 2022) suprimió en su artículo primero la letra del Reglamento de Selección y Formación donde vivía la estatura mínima. Y en las bases de las últimas convocatorias no aparece ningún requisito de talla.

Lo que hay en su lugar es un criterio estadístico, dentro del cuadro médico. El anexo de ese mismo decreto dice, literal: «Serán excluidas aquellas personas que no superen el percentil 5 de estatura de la población laboral estatal, de conformidad con los últimos datos que consten en el Instituto Nacional de Estadística.»

Dos consecuencias prácticas. Una: el filtro sigue existiendo, solo que ahora está en el reconocimiento médico y no en la solicitud. Dos: no hay una equivalencia oficial en centímetros publicada. Las cifras que se leen por ahí no salen de ningún boletín, así que no las vamos a repetir.

El permiso de conducir: aquí sí cambia entre cuerpos

Para todas las plazas, las de Ertzaintza y las de Policía Local: permiso de clase B, para turismos, sin ningún tipo de limitación, en vigor el último día del plazo de presentación de solicitudes.

En Policía Local, además, algunos ayuntamientos exigen otros permisos, y no todos en el mismo momento. En la convocatoria de marzo de 2025 la lista era esta:

Permiso Cuándo hay que tenerlo Municipios
A2 último día de presentación de solicitudes Andoain, Basauri, Portugalete, Vitoria-Gasteiz
A2 día anterior a la adjudicación provisional de plazas Basauri, Irun, Tolosa
A último día de presentación de solicitudes Azkoitia
A antes del nombramiento como funcionario de carrera Vitoria-Gasteiz
C1 último día de presentación de solicitudes Azkoitia
E día anterior a la adjudicación provisional de plazas Tolosa

Esa lista es la de aquella convocatoria y cambia en cada una, porque depende de qué ayuntamientos ofertan plazas. Cuando salgan bases nuevas hay que volver a leerla: si quieres una plaza en un municipio que pide A2 el último día del plazo, el carné de moto deja de ser una idea para más adelante.

Y una línea que vale para todos los permisos: tienen que estar en vigor en todo momento desde que se exigen, sin suspensión, retirada ni pérdida total de puntos, ni administrativa ni judicial. También durante el curso de formación y las prácticas.

La conducta, y lo que se comprueba

Cuatro requisitos que van juntos:

  • No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de una Administración pública, ni inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la rehabilitación.
  • No haber sido excluido de otro proceso selectivo de la Policía del País Vasco o de un Servicio de Policía Local por falta grave o muy grave, salvo que haya prescrito.
  • No estar incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad a la fecha de efectos del nombramiento como funcionario en prácticas.
  • Prestar el compromiso de portar armas, mediante declaración.

Lo que no figura entre los requisitos de acceso de las bases es ningún juramento ni promesa. Si alguien te dice que hay que jurar algo para poder presentarte, no está en la base segunda ni en el artículo 77 de la ley.

La tasa: 20,27 € y ninguna bonificación

La tasa por recepción y examen de la solicitud es de 20,27 €, y se paga por pasarela al presentar la solicitud.

Sin pagar la tasa en plazo, fuera

Es un detalle que cuesta plazas todos los años: no pagar en plazo supone la exclusión, y no se arregla con el trámite de reclamaciones. La lista provisional de admitidos sirve para corregir un apellido mal escrito o un documento que falta; no sirve para pagar después.

Y buscando en el texto completo de las bases: no hay exenciones ni bonificaciones por desempleo, familia numerosa, discapacidad ni ninguna otra circunstancia. Tampoco hay reserva de plazas por discapacidad en esa convocatoria. No es que no las hayamos encontrado: es que las palabras no aparecen.

El estado de salud

El requisito es no estar incurso en el cuadro de exclusiones médicas del Decreto 142/2022. Es el requisito con más letra pequeña de todos —el índice de masa corporal, la vista, la escoliosis, los tatuajes— y tiene su propia página: el reconocimiento médico y las causas de exclusión.

Lo que sí conviene saber aquí: no es una prueba numerada del proceso, es un requisito de participación, y las bases permiten comprobarlo «en cualquier momento del procedimiento selectivo». No es algo que solo pase al final.

Preguntas frecuentes

¿Qué edad máxima hay para ser ertzaina?

No haber cumplido 38 años el último día del plazo de presentación de solicitudes. Ese máximo se puede compensar con servicios prestados en cuerpos de la Policía del País Vasco.

¿Qué estudios piden?

Bachiller o equivalente, o cualquier titulación de nivel superior. Un ciclo formativo de grado superior cumple.

¿Hay estatura mínima?

No en centímetros. Desde el Decreto 142/2022 el criterio es no estar por debajo del percentil 5 de estatura de la población laboral estatal según el INE, y se comprueba en el reconocimiento médico.

¿Necesito el carné de moto?

Para Ertzaintza, no: basta el B sin limitaciones. Para Policía Local depende del ayuntamiento, y en algunos se exige el A2 o el A ya el último día del plazo. Hay que leer la lista de la convocatoria que esté abierta.

¿Hay que saber euskera para presentarse?

No para presentarse. El perfil lingüístico 2 es requisito solo para optar a las plazas con fecha de preceptividad vencida, y se puede acreditar superando las pruebas que se convocan dentro del propio proceso. En todas las demás, el euskera es mérito.

¿Los requisitos de Policía Local son distintos?

Prácticamente idénticos: nacionalidad, edad, titulación, conducta, armas, salud y tasa, todo igual. La única diferencia sustantiva son los permisos de conducir que exige cada ayuntamiento.

Fuentes: Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias (BOPV n.º 55, de 20 de marzo de 2025), bases segunda, tercera y decimoctava. Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco (BOPV n.º 153, de 6 de agosto de 2020), artículo 77. Decreto 142/2022, de 22 de noviembre (BOPV n.º 235, de 12 de diciembre de 2022). Si encuentras un dato que no cuadra con el boletín, dínoslo y se corrige.

La guía de la oposición, por temas19 artículos ordenados en el orden en que se prepara la oposición: requisitos, pruebas, temario y cómo estudiar.

También te puede interesar

Lo siguiente

Los test diarios están en Telegram.

Todos los días se publica uno nuevo en la comunidad, y ahí es donde los opositores resuelven las dudas entre ellos. Entrar es gratis y no hace falta cuenta.

Scroll al inicio